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lunes, 29 de septiembre de 2014

La mujer en la vida familiar.


La mujer de al-Andalus ha suscitado el interés investigador desde finales del siglo XIX, y sobre todo durante las últimas décadas del XX. Más consideración le prestaron al tema los autores medievales al dedicar algunos apartados de sus obras a las mujeres poetisas o a recoger biografías de otras que demostraron tener algún talento literario o educativo. Más abundantes, sin embargo, son las referencias que aluden a mujeres de al-Andalus que se dedicaron a la jurisprudencia o que alcanzaron un cierto renombre como mujeres del derecho.

En Sevilla dos mujeres son mencionadas por Ibn Baskuwal por su condición de.jurisconsultos (fuqaha', sing. faqih). Otras mujeres ejercían, según Ibn Sahl, el oficio de notaría (muwattiqat) en Córdoba. Algunos indicios revelan la calidad como testigos judiciales (`udun otorgada por el tribunal a algunas mujeres. Se trata de una tradición arraigada en la historia social del Islam medieval, tanto en Oriente como en Occidente. Para poner algún ejemplo, baste recordar el nombramiento por el califa `Umar b. al-Jattab de una mujer, al-Sifa al-'adawiya, en el cargo de administradora de los zocos (muhtasiba) de Medina, la primera capital del Islam. Más tarde, la poderosa juez Taml al-qahramana presidía juicios públicos en el alto tribunal de al-madalim en presencia de célebres jurisconsultos y sabios del derecho.

Más conocida es la afiliación de mujeres piadosas al ascetismo (al-zuhd), al misticismo (al-tasawwuf) o su entrega a la vida retirada (al julwa) y a la meditación espiritual. Las ascetas de Córdoba dispo¬nían de una residencia denominada dar sukna al-nisa' o salihat al¬nisa', según el testimonio aportado por Ibn Sahl. Se dedicaban al culto, a la veneración divina y a las obras piadosas, renunciando a los placeres de la vida. Por ello, cuando una de estas ascetas optaba por contraer matrimonio, la anomalía del acto desencadenaba una amplia polémica entre los jurisconsultos.

Señalemos que la mencionada institución disponía de sus propios legados píos que generaban rentas destinadas a su funcionamiento. El ascetismo femenino alcanzó su máximo grado de popularidad en la Córdoba taifal gracias a la devoción y a la espiritualidad de una humilde mujer de la `amma. El decano de los historiadores de al-Andalus, Ibn Hayyan, quedó asombrado por la majestuosa ceremonia funeraria que se celebró a su muerte, a la cual acudió el emir de Córdoba junto con los máximos dignatarios del Estado. Por veneración a la fallecida mandaron construir una majestuosa cúpula sobre su tumba para convertirla en santuario.

Asimismo, numerosas mujeres se interesaron por las ciencias naturales o ejercieron como médicos. En este caso las fuentes nos aportan noticias sobre personas concretas, aunque de manera parcial. Fue Ibn Hazm, el sabio de su época más abierto al mundo femenino, quien reflejó con nitidez la plena incorporación de la mujer al campo científico, artístico y de las letras. Según sus palabras, las mujeres en al-Andalus ejercían como doctas ('alimat), sabias (hakimat), conocedoras de la lógica (mantiqiyat), filósofas (fálsafiyat), arquitectas (handasiyat), musicólogas (mu¬sigawiyat), técnicas de astrolabio (astrolabiyat), instruidas en nivelación y geometría (mu'addilat), astrólogas (nuyumi¬yat), ilustradas en la métrica ( `arudiyat), en la literatura (adabi yat) y en la caligrafía (jattatiyat).

Al igual que la actitud mantenida por la élite hacia el desapego de los autores medievales en lo que se refiere a las humil¬des mujeres de la `amma. Sin embargo, no nos faltan noticias acerca de la plena participación de la mujer de condición humilde en la actividad laboral, en la lucha diaria para ganarse la vida. En el medio rural, la mujer participaba en la siembra, el cuidado de los plantíos, la siega y limpieza de algunas plantas como la de lino, según algunas referencias geopónicas. Contribuía también en la recolección de legumbres, verduras y frutas, y en otros trabajos del campo. La preparación de la lana, el trabajo del lino y la hilatura figuraban también como tareas domésticas encargadas a la mujer, según los dictámenes jurídicos. Asimismo, se ocupaba de la venta de algunos productos agrícolas y ganaderos en los mercados semanales y en el zoco de la ciudad.

En el medio urbano las mujeres ejercían como pregoneras en subastas y en la venta de artículos, sobre todo en productos de tejidos e hilaturas. Ibn Bassam nos aporta algunos datos sobre mujeres que instalaron tiendas para la venta de especias y otras que se asentaron como vendedoras con la balanza en la mano para pesar la mercancía. Se ocupaban también de la molienda del trigo mediante molinos manuales y de lavar la ropa (al-gassalat) en los lugares destinado a ello. Recordemos que la propia favorita de al-Mu'tamid, la reina I`timad al-Rumayqiya, ejerció en su juventud el oficio de al-gassala (lavandera). Ibn Hazm destaca otros oficios de mujer en el medio urbano: peluqueras (hayyama), artesanas de la seda (sarraga), peinadoras (masita), plañideras (na'iha), cantoras (muganniya), videntes (kahina), educadoras (mu `allima), artesanas en las hilanderías y otros trabajos similares.

Por otra parte, las mujeres disponían de zocos propios, como era el caso del denominado muytama' al-nisa', lugar de reunión de las mujeres ubicado en bab al- `attarin (puerta de los perfumistas), en Córdoba. Tanto en Oriente como en Occidente, la consideración del trabajo de la mujer como medio de emancipación social fue más de una vez señalado por parte de los jurisconsultos de la época. El filósofo Ibn Sina afirmó que si la mujer permanece sin ocupación ni preocupación no pensará más que en provocar a los hombres y exponerles sus encan¬tos. La misma idea fue expresada por el sabio cordobés Ibn Hazrn al decir que la mujer, al quedar sin trabajo ni tener preocupación, se dedi¬cará a los hombres y deseará el sexo.

Se observa la condición privilegiada de la mujer a través del derecho musulmán redactado por los dictámenes jurídicos de la escuela malikí vigente en al-Andalus. Una vez llegada a la edad adulta y con plenas facultades, se le adjudicaba a la mujer el derecho sobre sus bienes inmobiliarios con total autonomía para gestionar sus negocios, transacciones y actividades económicas, sin estar obligada a ninguna tutoría paternal, fraternal o conyugal. Y en el caso de suscribir algún tipo de asociación de bienes con el cónyuge, resultaba habitual recurrir al notario para cerrar el trato con toda la precisión que el caso requiriera.

Disponemos de una abundante literatura jurídica acerca de las mujeres que suscribieron préstamos a plazo a favor de sus maridos. Otras mujeres optaron por invertir en proyectos inmobiliarios conjuntos, a medias con el cónyuge. Fue durante esta época cuando se autorizó la testificación jurídica (sahsdat al-niss') de forma masiva a las mujeres. Parece que en ningún otro sitio, incluso en las sociedades liberales del siglo XIX, las mujeres accedieron a los derechos conseguidos en al-Andalus califal y de taifas. En Sevilla las mujeres llegaron a disponer de una administración jurídica propia especializada en el derecho de la mujer llamada ahkam al-nisa' bi Ishbiliya. Y en Córdoba se desencadenó por primera vez en la historia del Islam una polémica sin precedente sobre mujeres adivinas (nubuwat al- al-nisa'), de la cual Ibn Hazm fue testigo.